Se prevé disculpar primera lectura y que ley sea votada hoy mismo

Se espera rechazo de grupos religiosos y de ultra derecha

El hecho de que el aborto voluntario sea considerado formalmente un delito ha encarecido los precios de su atención médica profesional y ha creado un mercado informal de servicios de aborto en lugares inadecuados y con personal de escasa capacidad. A ello hay que agregar que muchas mujeres no pueden pagar siquiera los precios impuestos por quienes realizan abortos fuera de hospitales y clínicas. Esa situación provoca muchas muertes cada año y una cantidad mucho mayor de daños en la salud, con frecuencia de carácter irreparable. Las víctimas son mujeres en situación de pobreza.

En todo el país se practican cada año entre 750.000 y un millón de abortos clandestinos y un tercio de ellos resultan con complicaciones que requieren atención médica urgente. Miles de mujeres pierden su vida con intervenciones caseras o llegan desangradas a los hospitales, donde tampoco suelen encontrar la comprensión del personal sanitario, temeroso de que el Estado en cuestión cargue contra ellos por facilitar el aborto.

En septiembre del 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación-SCJN- anuló la cárcel con la que se castiga la interrupción voluntaria del embarazo en algunos Estados del país y sienta un precedente para toda la nación, abriendo la puerta a las mujeres a recurrir al amparo federal en caso de que algún estado no armonice su ley, pueda acceder a la protección federal y no sea juzgada penalmente por abortar en un plazo de hasta 12 semanas de gestación.

El ministro presidente, Arturo Zaldívar, afirmó que con la decisión no solo se invalidan las normas que fueron discutidas, sino que establece un “criterio obligatorio para todo los jueces y juezas del país”.

Suprema Corte: No más criminalización a quien decida abortar

“A partir de ahora no se podrá, sin violar el criterio de la Corte y la Constitución, procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos que ha considerado válido este tribunal constitucional” dijo en septiembre del año pasado el ministro presidente Arturo Saldivar

Algunos antecedentes en materia de legislación sobre el aborto en BCS:

27 de enero: Las reformas del 2003 se publican en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y entran en vigor al día siguiente. 2 de diciembre: Se aprueba una nueva Ley de Salud para el Estado de Baja California Sur,la cual establece un plazo para proceder a la interrupción del embarazo cuando haya sido autorizado por el Ministerio Público bajo condiciones de gratuidad y calidad. Obliga, de igual manera, a los servicios de salud del estado a suministrar anticoncepción de emergencia, en las siguientes 72 horas de sucedida una relación sexual no protegida, efectuada o no mediante violencia. 31 de diciembre: Se publica en el Boletín Oficial del Estado la nueva Ley de Salud para el estado de Baja California Sur.

1 de marzo de 2005: El Congreso Estatal de Baja California Sur aprueba nuevos códigos: Penal y de Procedimientos Penales. El nuevo Código Penal de Baja California Sur establece una de las penas más bajas en la práctica de un aborto para la República Mexicana: de dos meses a dos años. Asimismo, se agrega una nueva causal de no punibilidad: cuando la salud de la mujer sufra grave afectación si no es practicado el aborto.También se reglamentó el aborto legal por violación o inseminación artificial en el Código de Procedimientos Penales. En éste, se señala la facultad del Ministerio Público de autorizar en un término de 24 horas el aborto cuando se cumplen cinco requisitos. 20 de marzo: Se publica en el Boletín Oficial del Estado el nuevo Código Penal y de Procedimientos Penales para el estado de Baja California Sur. 20 de septiembre: Entran en vigencia el nuevo Código Penal y de Procedimientos Penales para el estado de Baja California Sur.

El congreso de Baja California Sur dará hoy un paso histórico en materia de defensa de los derechos de las mujeres, actualizando y unificando criterios con la SCJN, situando a nuestro estado en una nueva era en materia penal y privilegiando la salud pública por encima de sofismas y dilemas religiosos y morales.