• Propone aumentar los requisitos para los aspirantes a dirigir la CEDHBCS
• Propone modificaciones en el proceso de selección por cédula secreta en el supuesto de que la segunda votación no alcance la mayoría calificada
La diputada María Luisa Trejo Piñuelas (Morena) propuso incrementar los requisitos para aspirantes a la titularidad de la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Baja California Sur (CEDHBCS) así como que en el proceso de selección por cédula secreta se modifique el criterio actual de repetir la votación hasta alcanzar el número de votos favorables de las dos terceras partes de integrantes del congreso presentes (mayoría calificada), por el de que, en una tercera y última ronda de votación, sólo participen las dos personas con el mayor número de votos, y de estos, sea electo o electa quien obtenga el mayor número de votos de las y los legisladores presentes en la sesión, es decir, que en este etapa del proceso no sea necesario alcanzar la mayoría calificada.
La iniciativa de reforma a la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos propone modificar dos aspectos, el primero, mediante modificación al artículo 17: referente a los requisitos, elevar el rango de edad de aspirantes, de 25 años cumplidos al día de su elección, a cuando menos 35 años de edad cumplidos al día de su elección.
Además de contar con título profesional y acreditar conocimientos teóricos y prácticos suficientes en la defensa y promoción de los derechos humanos, quien aspire deberá poseer, al día de su elección, “preferentemente título profesional de Licenciado en Derecho y Cédula Profesional con una antigüedad mínima de cinco años y contar con estudios de postgrado”.
El segundo aspecto mediante reforma adición artículo 20 de la misma ley, referente al proceso de selección por votación por cédula secreta tras comparecencia de aspirantes ante el pleno, refiere que “si en la segunda ronda de votación, tampoco ninguna persona propuesta alcanza la votación requerida, se realizará en esa misma sesión, una tercera y última ronda de votación, en la cual sólo participarán las dos personas propuestas que hayan alcanzado u obtenido en la segunda ronda de votación la mayor cantidad de votos y será electo o electa como Titular de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Baja California Sur, la persona propuesta que obtenga el mayor número de votos de las y los legisladores presentes en la sesión”.
Además añade que se entenderá como defensa de los derechos humanos: “A todo acto, actividad o medida que procure proteger e impedir el menoscabo o ejercicio efectivo de los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección. Así como cualquier forma de exigirlos, hacerlos valer y vigilar que se respeten por todos los medios pacíficos posibles, y, si es el caso, que se apliquen la sanción a los responsables de vulnerarlos. Y se entenderá por promoción a las acciones y actividades encaminadas al fomento de la cultura de los derechos humanos en el Estado de Baja California Sur, a través de la capacitación y la vinculación, y tendientes a crear condiciones que permitan el pleno desarrollo de los derechos humanos a todos los individuos, sin ningún tipo de discriminación o exclusión”.