Con la finalidad de que la aclaración y rectificación de actas del Registro Civil ya no se realicen mediante un juicio entre tribunales -mismos que resultan costosos y retardados para el ciudadano- sino mediante un procedimiento administrativo para corregir los datos contenidos en ellas cuando resulten ser inexactos, erróneos, incompletos y desactualizados, el diputado Venustiano Pérez Sánchez (Morena), propuso iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Civil del Estado, en las que elimina los candados que impiden que el Registro Civil Estatal pueda aclarar, rectificar, anular y reponer actas, otorgándole a esta institución las facultades legales para que mediante un proceso que no podrá ser mayor a 15 días hábiles, resuelva las solicitudes de los ciudadanos que cotidianamente acuden a las oficialías del registro civil en los cinco municipios del Estado y a la dirección estatal del registro.
Ante el pleno legislativo, el diputado expuso que la iniciativa nace de las peticiones que le formularon diversos ciudadanos quienes le expusieron que un simple error no imputable a ellos, en las diversas actas que expide el registro civil, complican la vida de quienes lo padecen, quienes son víctimas de toda clase de trámites insalvables y tienen que acudir a juicios ante tribunales civiles y familiares para que les rectifiquen, aclaren, anulen o repongan un acta, ante la imposibilidad legal de que estas correcciones las haga el propio registro civil a través de un proceso administrativo ágil y sencillo.
El legislador morenista expuso también que, al abrirse la oportunidad de que el trámite de rectificación de actas pueda realizarse en primera instancia por la vía administrativa ante el registro civil, el gasto será mucho menos oneroso y tardado, ya que los juicios duran de seis a ocho meses que, por otro lado, para el Poder Judicial del Estado, al liberarse de la injusta carga de resolver este tipo de cuestiones, tendrá un impacto positivo, al dejar de destinar recursos económicos, materiales y humanos para atender los juicios y enfocarse en otras cuestiones más importantes.
Solo se podrá acudir a la vía judicial en caso de que el registro civil emita resolución negativa al trámite solicitado por el interesado o cuando un tercero se oponga a la aclaración o rectificación decretada por la autoridad administrativa.
“Estoy seguro de que la gente acudirá al registro civil y pagara los derechos que se cobran por rectificación de actas sin ningún problema, ya que el costo será mucho menor al que se destinaría para tramitar un juicio y con esos ingresos se pagaría al personal que el registro civil destine para atender estos trámites”, sentenció.
Finalmente el legislador del distrito XIII, solicitó que la comisión que se encargará de emitir el dictamen, realice foros de consulta con el Registro Civil del Estado y Municipios, el Poder Judicial, Colegios de Abogados e interesados en el tema, para que salga un producto legislativo que otorgue certeza y seguridad jurídica a las personas que padecen estas tribulaciones jurídicas por errores en sus actas registrales.